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He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

Por último agradecer los comentarios que recibo por email, gracias por vuestro apoyo!!

viernes, 8 de noviembre de 2013

Los Efectos Comerciales

Un Efecto Comercial es un mecanismo de cobro/pago, como puede ser el dinero en efectivo o un préstamo. También son conocidos como "Letras de Cambio". Es como el pago aplazado y su vencimiento es siempre por periodos inferiores a un año. Su funcionamiento contable es el siguiente (los números al lado de las cuentas es el código por el que figuran en el Plan General de Contabilidad).

Imaginemos que se realiza una venta y el cliente nos lo deja a deber. Posteriormente nos dice que nos va a pagar mediante un Efecto Comercial a 30 días. Por tanto tienes que dar de baja la partida "Clientes", que al ser un activo, se elimina poniéndolo en el Haber (derecha). Asimismo damos de alta el "Efecto comercial a cobrar" que como es un activo, crece poniéndolo en el Debe (izquierda).
 
 
Entonces tu puedes hacer dos cosas:
 
1- Llevarla al Banco para que te gestionen el cobro y tu te despreocupas. Entonces, lo que hacemos es reclasificar (cambiar de nombre a la cuenta), y lo hacemos dando de baja el Efecto Comercial a Cobrar y dando de alta el Efecto Comercial Gestión de Cobro.

  Ahora hay dos situaciones posibles:
      1.a- El cliente incumple y no paga cuando llega el vencimiento. Entonces lo normal es que negocies una nueva letra con el cliente (de ahí que demos de alta otro Ef. Com. a Cobrar), cambiándola por el Efecto Comercial en Gestión de Cobro que teníamos antes, y registrandonos un gasto por Servicios Bancarios en concepto de comisiones bancarias (hay que tener en cuenta que si hay un banco de por medio, va a querer ganar dinero por cada operación).

 
       1.b- El cliente cumple y paga al vencimiento. Es una situación en la que el efecto que nos estaba gestionando el cobro el banco, es pagado e ingresado en nuestra cuenta (la cuenta "Bancos" significa que nos entra dinero en nuestra cuenta) menos una comisión que se la lleva la entidad bancaria (Servicios Bancarios).

 
 
2-Pongamos que no puedes esperar a que pasen esos 30 días, tu necesitas el dinero ya y vas al banco a que éste te adelante el importe. A este proceso se le llama "Descontar un Efecto". Hay que tener en cuenta que tanto si el cliente paga como si no paga, en el momento en el que la entidad bancaria nos adelante el dinero, no nos dará el importe total del efecto, sino que nos dará menos, ya que éste se te cobra una comisión por adelantarte el dinero.
 
 
 
    2.a- El Banco asume el riesgo de impago del efecto y por tanto, como asume un riesgo, la comisión que te cobra es mayor que si no lo asume. Nosotros ya nos olvidamos, da igual que el cliente pague o no pague, se nos es ingresado el importe del efecto menos la comisión de la entidad bancaria. A este proceso se le llama "Descuento con Recurso".
 
 
    2.b- El Banco no asume el riesgo de impago del efecto, de tal manera que si el cliente no paga el día 30, la entidad de crédito te exigirá a ti el importe de la letra. A este proceso se le llama "Descuento sin Recurso".
  
 
         2.b.a.- Pongámonos en el peor de los casos, el cliente no paga a los 30 días, entonces la entidad bancaria te exigirá a ti el importe del efecto. Primero te hará devolver el importe que te ha prestado y cancelarás la deuda que tenías con la entidad bancaria, además del "gasto financiero" que habrás tenido que desembolsar porque tu cliente no ha pagado (si, estás tu pagandole al banco porque tu cliente no ha cumplido).
En ese momento tenemos que reclasificar (renombrar) el efecto comercial a cobrar, que como no se ha cobrado, pasa a estar impagado.
 
Lo normal es que si, pasado un tiempo, el cliente te dice que sí que te va a pagar el Efecto, tu le emitas uno nuevo pero no por el mismo importe, sino por un importe mayor. Esto se debe a que le estarás añadiendo los gastos que te ha hecho pagar con el anterior efecto.
 
          2.b.b-También puede que el cliente cumpla, pague y tu deuda con el banco quede saldada. En tal caso darás de baja la deuda que tenías con el banco (poniéndolo en el Debe) y des de baja el efecto que te dió en su día (poniéndolo en el Haber).
  

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