Bienvenidos

He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

Por último agradecer los comentarios que recibo por email, gracias por vuestro apoyo!!

martes, 26 de febrero de 2013

Los autónomos y sus 50€

Este pasado sábado salió publicado en el BOE las nuevas medidas para tratar de combatir el desempleo juvenil a través de la contratación por cuenta ajena, favoreciendo la creación de empleo por cuenta propia y el emprendimiento.
Leyéndolo desde el principio, y no solo yendo a los artículos, se puede obtener información curiosa, como que en el tercer trimestre de 2012, España registró una tasa de desempleo juvenil (menores de 25 años) del 54,1% en comparación con la UE-27 (los 27 países que forman la Unión Europea). Asimismo nos decían que según la Encuesta de Población Activa (EPA), en el cuarto trimestre de 2012, el 74% de las personas de entre 16 y 19 años está en paro; de los 20 a los 24 años la tasa es del 51,7% y de entre los 25 y los 29 la tasa es del 34%. Como veis hay una clara disminución de la tasa de desempleados conforme avanza la edad.

Lo primero que deja claro este decreto-ley es que será únicamente disponible para los menores de 30 años, en clara alusión a los porcentajes citados. Asimismo también destaca la cuota de los 50€ durante los seis primeros meses de autónomo, la compatibilización de la prestación por desempleo con ser autónomo y la posibilidad de poder además, ir sumando para tu prestación por desempleo, en caso de que vaya mal el negocio. Además en materia fiscal, establece que para el Impuesto de Sociedades (que deben pagar todas las empresas), se aplicará un 15% para los primeros 300.000 € de base imponible, y un 20% para los importes que superen dicha cifra. Para el IRPF de emprendedores, se establece una reducción del 20% sobre los rendimientos netos de la actividad económica. En ambos casos, estos tipos de gravámenes se aplicarán en el primer año que tenga beneficios la empresa y en el año posterior.
Lo que me pregunto en este apartado es el por qué de la limitación de edad en el caso de autónomos de nueva creación. Igual se debe a que conforme las personas son más mayores, tienen menos tiempo para cotizar y cada euro cuenta. Igual lo que esta situación fomenta es que el mayor de 30 años sea el socio capitalista que pone el dinero y su hijo/a es la que se hace autónomo por 50€. Otra duda que se me plantea es si se podrá concatenar los periodos de seis meses. Me refiero a una vez pasados los seis primeros meses, te das de baja como autónomo y te vuelves a dar de alta.

En cuanto a las medidas de financiación para empresas, se les permitirá a las aseguradoras invertir en el MAB (mercado alternativo bursátil) y que estas inversiones puedan considerarse válidas para la cobertura de provisiones técnicas. Los fondos de pensiones podrán también invertir en el MAB y en sociedades de capital riesgo, con un límite máximo del 3% del activo del fondo para la inversión en cada entidad. Para facilitar el acceso a la financiación no bancaria a las empresas, se levanta la prohibición de que el importe de las emisiones de deuda de una empresa no pueda ser superior al capital social desembolsado más las reservas, considerando que sólo se podrán acoger a esta medida empresas que quieran emitir deuda dirigida a inversores institucionales.
Mi duda es, ¿Están empezando a verle las orejas al lobo los gestores de aseguradoras y fondos de pensiones como para empezar a invertir en un mercado altamente volátil? Lo de que lo hayan limitado al 3 % por entidad me parece correcto, así obligan a diversificar el riesgo. Y en cuanto al levantamiento de la prohibición, pues bueno, la medida antes estaba instaurada para controlar el endeudamiento masivo de las empresas (pagar un préstamo pidiendo otro) y con esta medida lo que se favorece es el acceso al crédito de nuevo, pero bajo la atenta mirada de inversores institucionales que mirarán con lupa cada movimiento. Preservar tu empresa a cambio de perder libertad de movimientos, igual es lo que algunos necesitan.

En general, estas medidas me parecen un acierto dado que son el primer impulso al crecimiento de las empresas y son el primer impulso para el empleo. Como todo, se podría hacer mejor, pero visto lo visto, se puede hacer mucho peor, así que, bien hecho.

No hay comentarios:

Publicar un comentario