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He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

Por último agradecer los comentarios que recibo por email, gracias por vuestro apoyo!!

martes, 23 de abril de 2013

El IRPF

El IRPF es el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, o al menos así se le denomina en España. Cada país tiene su propia ley que establece las normas mediante las cuales se debe tributar por este impuesoto. En el caso de España, tiene la peculiaridad de que en el País Vasco se tributa diferente al resto del país debido a su particularidad económica. Como ya comenté en su día, este impuesto es directo y grava la riqueza del individuo. Hoy veremos en qué se divide, y cuáles son sus partes.

Recordar que para tributar en España, se deberá de haber residido en el país al menos 183 días o que tu cónyuge o tus hijos menores de edad residan en el país. Todos deben tributar salvo los que hayan obtenido a través de sus Rendimientos de Trabajo  (RT) menos de 22.000 euros anuales o si recibes a lo largo de un mismo año, RT de varios pagadores por menos de 11.200 euros anuales.

En la imagen siguiente he elaborado un cuadro en el que vienen resumidas las dos partes en el que se reparte el IRPF, concretamente se divide en dos Bases: la General y la del Ahorro.

En la imagen se observa cómo a la BLG se le aplica una Escala General. Ésta escala es en función de los rendimientos obtenidos. En 2012 y 2013 la Escala quedaría así:

Dentro del apartado de Rendimientos en la Base General, el apartado más importante son los Rendimientos de Trabajo. Éstos son los sueldos que has ido obteniendo a lo largo del año. Según la ley que rige el IRPF, en función de lo que ganas, te aplican unas reducciones en la BIG, de tal manera que a la gente que ganan menos, se les aplica unas reducciones para que puedan vivir algo mejor. Dichas reducciones van en función de la renta que has obtenido, por ejemplo, si cobras menos de 9.180€, se te aplica una reducción de 4.080€. Si ganas menos de 13.260€, la reducción se calcula mediante esta ecuación: Reducción = 4.080- (RT-9.180) x 0,35. Y si ganas más de 13.260€, se te aplica una reducción de 2.652€. Además, se te aplican reducciones si eres discapacitado o si te has tenido que trasladar geográficamente para realizar el trabajo. En cualquier caso, el saldo final de los RT nunca podrán ser negativos después de aplicar todas las reducciones.

Los Rendimientos del Capital Inmobiliario son las ganancias obtenidas, por ejemplo, por alquilar un piso o en general, un bien inmueble.

Dentro de los Rendimientos del Capital Mobiliario de la Base General se incluyen los alquileres de pisos, cesiones de tus derechos de imagen, el uso de propiedad intelectual por terceras personas, etcétera. En la Base del Ahorro, se incluyen los dividendos (si cobras como mucho 1.500€ de dividendos, no pagas nada, estás exento) , los intereses por depósitos bancarios, bonos u obligaciones y los seguros de vida.

En el apartado de Pérdidas y Ganancias es donde se recogen por ejemplo la compra y venta de acciones.

Estos cuatro apartados resumen la mayoría de las ganancias que cualquier persona pueda obtener. Como siempre, existen excepciones e infinidad de rendimientos que, aunque en la imagen si aparecen, no he podido explicar, más que nada porque el estudio completo del IRPF sería imposible de resumir tan al detalle en una sola entrada. 
Pensad que el IRPF, junto con el Impuesto de Sociedades, son los que más aportan a las arcas públicas, y que si estas no tienen fondos, no se podrá educar a nuestros hijos, cuidar a nuestros mayores, etcétera. Si con tanto recorte, ya nos parece que muchos derechos ya se han reducido, si defraudamos, esos derechos desaparecerán, y aunque muchos defrauden, tu no lo hagas, duerme tranquilo. Por lo pronto, os dejo el enlace de la Agencia Tributaria con la campaña de la Renta del 2013.

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