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He creado este blog para acercar a la gente unos breves conocimientos sobre economía, de tal manera que puedan llegar a entender ciertos aspectos del día a día del ámbito económico.

Las publicaciones que hago van relacionadas bien con conocimientos económicos, para que os sean más cercanos, o bien con artículos de opinión. Estos últimos son variados, pudiendo ser críticas sociales o comentarios sobre noticias y declaraciones que hayan estado surgiendo en los medios.

Las fuentes de las que obtengo la información es o bien de periódicos especializados en economía o bien de libros universitarios o bien de mi propia experiencia. Si alguien ve algún error, por favor no dude en comunicármelo y así podré corregirlo, al igual que si queréis que realice alguna entrada en especial.

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martes, 21 de febrero de 2012

Las acciones


Como bien sabéis, cuando se crea una empresa los socios aportan dinero, y a ese montante se le llama Capital Social (CS). El CS está dividido en acciones y cada acción tiene un valor nominal (Vn), de tal manera que para saber a cuánto asciende el Capital Social de una empresa, basta con hacer esta ecuación:                              CS = nº de acciones x Vn

Cuando una empresa quiere aumentar su CS puede emitir más acciones o incrementar su valor nominal. La primera opción es la más usada, principalmente en empresas que coticen en Bolsa. Todas las acciones no son lo mismo ya que unas dan derechos económicos (recibir un dividendo) y derechos políticos (derecho de voto) y otras reciben más dividendos a cambio de no tener voto, por ejemplo. A continuación veremos los tipos de acciones que hay en el mercado:



  • Ordinarias: son las más comunes, dan derechos políticos y económicos.
  • Privilegiadas: tienen más derechos económicos que las ordinarias, reciben más dividendos.
  • Sin voto: tienen exclusivamente derechos económicos. Tienen un dividendo mínimo garantizado y son las primeras que cobran.
  • Rescatables: son como las ordinarias pero, según el acuerdo de emisión, bajo determinadas condiciones pueden ser amortizadas (se las retira de circulación). En el caso de que sólo la empresa tenga derecho a rescatarlas, no podrá hacerlo hasta haber pasado 3 años desde su emisión.
  • Sindicadas: en una emisión nueva de acciones, primero se tienen que ofrecer a un determinado grupo de accionistas llamados "accionistas sindicados". Solo se pueden vender a terceros si los accionistas sindicados no ejercen su derecho.
  • Liberadas: el accionista no debe de pagar nada ya que la empresa realiza la ampliación con cargo a sus propias reservas.

Cuando se amplía el CS, el accionista antiguo puede perder parte de su porción de empresa que le correspondía (a esto se le llama "efecto dilución"), por tanto para solucionar esto, cuando la sociedad emita acciones nuevas, el accionista antiguo tendrá preferencia para comprar las nuevas ejerciendo lo que se llama "Derecho de Suscripción Preferente" (DSP).

Si un accionista antiguo:

  • Vende su DSP: obtendrá un ingreso pero reducirá su participación en la compañía.
  • Usa su DSP: comprará las acciones que le corresponden para que mantenga su participación.
  • Compra más DSP: significará que quiere ampliar su participación.

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